22/1/08

A LO Q HAY Q LLEGAR CON ESTA JUSTICIA OBSTRUCTIVA DERECHOS - EJECUCIONES DE 3 AÑOS - MANDAMIENTO SECUESTRO SIN MONTO - BURLA A TIEMPO LIMITADO DE VIDA

**** FOTOS Y PRUEBAS ACTIVIDADES ALAN Y WILLIAM EN BLOG MI DIARIO Y EN BARRAS BRAVAS EXTREMO INFERIOR, EN BREVE

Juz Cont. Adm. Fed. N° 4, Sec Juz. Lab N° 18, Sarmiento 1118, 7° piso.


6 AÑOS HECHO DAÑOSO DESAPODERAMIENTO PORCIÓN PESOS PLAZO FIJO DÓLAR USA INTANGIBLE LEY 25.466 – APLICACIÓN RESOLUCIÓN BERNAVA – ADMITIDA X CÁMARA FORMACIÓN INCIDENTE EJECUCIÓN SENTENCIA – PIDO CUMPLIMIENTO PROCEDIMIENTO SIN MÁS TRÁMITE- DERECHOS Y GARANTÍAS – AMPLIA EXPERIENCIA JUDICIAL INDICA DERECHO A EJECUCIÓN SENTENCIA DE VARIOS AÑOS, NO SE CUMPLE SIN MONTO DETERMINADO EN MANDAMIENTO SECUESTRO – SE LIBRE MANDAMIENTO U$S 21.050 Y/O SU EQUIVALENTE EN PESOS VALORANDO TIEMPO LIMITADO ÚTIL DE VIDA DEL ACTOR, BIEN NO RENOVABLE
Señor Juez:
R.G, por derecho propio, manteniendo el domicilio procesal, conjuntamente con la abogada que me patrocina, Dra. Alejandra Graciela Belmartino ... Zona 195, en autos: “G F c/ P.E.N (Min. De Economía) Ley 25.561 Dtos 1570/01 214/02 s/ AMPARO Ley 16.986, S/INCIDENTE DE EJECUCIÓN DE SENTENCIA ”Exp Nº 26.846/03, a V.S. respetuosamente digo:
Que vengo a solicitar a V.S. tenga presente:

1.- Que estamos a 6 años del del “inmoral y dañoso” desapoderamiento “ilegítimo”, de parte de mi ahorro vitalicio para contingencias enfermedad y vejez, siendo q se violó Ley DEFRAUDATORIA 25.466, dictada por funcionarios sobresueldos “MENSUALES” ( U$S 30 a U$S 100.000) superiores a mi ahorro familiar “vitalicio”, DESAPODERADOS solo U$S 20.000 q se mandaron confiscar violando la Ley indicada, sustituyendo mis dólares intangibles x una cantidad de pesos, colocados en cuenta ad hoc, en forma automática, sin admitir el tipo de cambio libre elección, ni acto voluntario art 897 civil, anterior a todo acto disposición mi parte.

Y con posterioridad, solo retiré los pesos permitidos por el conjunto de normas cuya legitimidad se cuestiona, q serían inadmisibles con personas q usaran el mero sentido común, en cualquier Estado de Derecho. Soy médico, no entiendo nada de Economía ni de la complejidad técnica de la infinidad de normas cambiantes q se dictaban diariamente, y el Estado no me brindó asesoramiento gratuito para protegerme de sus actos abusivos y lesivos.

2.- Se ha acercado la Resolución BARNAVA, q expresa el criterio unánime actual entre los jueces de todos los fueros. Q el criterio CABRERA (reserva expresa FUE) ha sido dejado de lado, x criterio MASSA, es decir de la Corte Suprema en su actual composición.

3.- Las personas tenemos derechos humanos esenciales, entre ellos q la Ineficiencia de las Instituciones, no nos priven inútil e innecesariamente de parte del tiempo útil Y LIMITADA q nos queda de VIDA (bien no renovable).

4.- Nos encontramos en Etapa de EJECUCIÓN DE SENTENCIA. La Excelentísima Cámara ordenó la formación de este incidente, por consideralo procedente.

5.- Como el Huevo y la Gallina, más allá de las Formalidades Extremas q Alejan a la Justicia de la Razón, q nos Distingue de Otras Formas de Vida, la Realidad es q a 6 años del hecho dañoso, la Experiencia Judicial Indica q No Se Cumplen los Mandamientos Abstractos, Sin Monto de Restitución Consignado en forma Expresa.

6.- Por todo lo expuesto, No Siendo Justo, Además del Daño q Ya Sufrí y q Intento se Repare, Padecer Nuevos Perjuicios, como Perder Días de Trabajo Sin Causa ni Sentido, para Concurrir a la Entidad, q Reconoció la Autenticidad de los Plazos Fijos, con Mandamientos de Secuestro q No podrían Cumplirse x ser Sus Objetos Indeterminados, vengo a Solicitar a V.S. SE LIBRE MANDAMIENTO DE SECUESTRO DE ESTILO, ORDENANDO A LA ENTIDAD RESTITUIR AL SUSCRIPTO LA SUMA DESAPODERADA DE MALA FE DE U$S 21.050 PÁG 3 ESCRITO APELA PARCIALMENTE PÁG 3 DEL 5 NOV 2004, Y/O SU EQUIVALENTE EN PESOS ($ 63.193,41, SEGÚN CÁLCULO FALLO MASSA).

DE TODOS MODOS, AL MOMENTO DEL PAGO, LAS ENTIDADES ENTREGAN SOLAMENTE LA CANTIDAD Q CORRESPONDERÍA SEGÚN SUS REGISTROS, concretamente por tomar otro tipo de valor dólar (Banco Central, Banco Nación) al tiempo de cada extracción, puede haber una diferencia de U$S 500 a U$S 1.000 según los casos.

Proveer de conformidad, que
DEBE SER JUSTICIA

R.G. ALEJANDRA BELMARTINO
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